Aprobación del Plan Regional de Acción Ambiental 2014-2021, instrumento necesario para implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental en el ámbito de la región Amazonas.
Mediante Decreto del Consejo Directivo N° 028-2002-CD/CONAM de fecha 21 de noviembre del 2002, se crea la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Amazonas, como instancia de coordinación y concertación de la gestión ambiental de la región Amazonas, e integrado por 18 integrantes.
El Diagnostico Ambiental Regional 2012-2021, es un instrumento de gestión ambiental que tiene como objeto identificar, describir y analizar sobre los principales problemas ambientales y una caracterización de la situación ambiental actual; ha sido socializado y aprobado en la Segunda Reunion Ordi
Se autotiza a la Autoridad Regional Ambiental Amazonas, para que a través de su Dirección Ejecutiva de Gestión Ambiental pueda realizar la Evaluación Preliminar, Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd); y otorgar la Certificación Ambiental de m
Reconocer e implementar el derecho a la CONSULTA PREVIA E INFORMADA a los Pueblos Indígenas en el ámito de la jurisdicción y competencias del Gobierno Regional Amazonas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29785-Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios
Aprobar , el PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL 2011-2016, cuyo contenido es: PResentación: I.-Rol Estratégico del Gobierno Regional Amazonas, con 3 incisos, II.- Diagnostico Situacional con 5 Componentes: 2.1 Caracterización territorial con 6 incisos. 2.2 Aspectos socio-demográficos con 6 incisos.
La Autoridad Regional Ambiental Amazonas (ARA) se crea con la finalidad de ser la responsable de promover la implementación de las políticas públicas, estrategias, programas y planes en materia de ordenamientos territorial, manejo sostenible de los recursos naturales, conservación de la biodivers
Se aprueba el Plan Regional de la Formalización de la Pequeña Minería y Minería Informal, en la Región Amazonas, en cumplimiento al artículo 17° del Decreto Legislativo N° 1105 "Financiamiento de las Actividades de Formalización".